La Ley de Vivienda como nunca te la habían contado

La nueva Ley de Vivienda (26 mayo 2023) trae cinco cambios principales: eliminación del IPC para actualizar alquileres, zonas tensionadas con control de precios, incentivos fiscales, más vivienda protegida y nuevos procedimientos de desahucio. Sin embargo, varias medidas son graduales: el nuevo índice llegará en 2024, las zonas tensionadas requieren declaración autonómica y los incentivos fiscales empiezan en 2024.

La Ley de Vivienda como nunca te la habían contado. Al grano y sin rodeos. 

📅 Cuándo ha entrado en vigor:

✅ El 26 de mayo de 2023.

❗ Cuidado! Algunas medidas no aplican inmediatamente.

🔍 Aspectos clave de la Ley de Vivienda a tener en cuenta:

  1. Eliminación del IPC como mecanismo de actualización anual de la renta: 📉 Adiós al IPC! Nuevo índice a la vista para 2025. 
  2. Zonas de mercado residencial tensionado y contención de rentas: 🚧 Cada Comunidad Autónoma podrá declarar zonas tensas en las que será de aplicación la contención de rentas.
  3. Incentivos fiscales y recargos: 💰
    • IRPF: Incentivos fiscales para arrendadores.
    • IBI: Recargos para viviendas desocupadas.
  4. Incremento de reserva de vivienda protegida: 🏘️
    Incremento del:
    • 40% para suelo rural sometido a actuaciones de urbanización.
    • 20 % en suelo urbanizado que deba someterse a actuaciones de reforma o renovación de la urbanización.
  5. Modificaciones en procedimientos de desahucio y ejecución hipotecaria:🔑

Cambios en los procedimientos de desahucio, ejecución hipotecaria y subasta de bienes en situaciones de vulnerabilidad.

📝 Medidas que no aplican inmediatamente:

  1. Contratos de arrendamiento previos: Continúan regidos por el régimen jurídico anterior excepto en lo relacionado a la limitación en la actualización de la renta. 
  2. Nuevo índice de actualización: A definirse por el INE antes del 31 de diciembre de 2024.
  3. Zonas tensionadas: Las Administraciones competentes de cada CCAA deberán hacer la declaración y elaboración de índices de precios de referencia.
  4. Recargos en el IBI: Requiere de la declaración previa de vivienda desocupada.
  5. Incentivos en el IRPF: se aplicarán por primera vez a las rentas obtenidas en 2024.
  6. Procedimientos de conciliación: las Administraciones competentes de cada CCAA deberán establecer el procedimiento de conciliación como requisito para: desahucios, ejecuciones hipotecarias y la subasta de bienes en situaciones de vulnerabilidad. 

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