El Impuesto a las Grandes Fortunas

El nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas entrará en vigor durante dos años, afectando a residentes españoles con patrimonio superior a 3 millones de euros y extranjeros con bienes en España. Incluye exenciones importantes para empresas familiares y vivienda habitual, con un mínimo exento de 700.000€. ¿Tu patrimonio supera los 3.7 millones? Este nuevo impuesto podría afectarte.

El Impuesto a las Grandes Fortunas

El nuevo impuesto a las grandes fortunas que grava el patrimonio de los ciudadanos.

El pasado 9 de junio de 2023 entró en vigor el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, al ser temporal estará vigente, en principio, durante 2 años. 

¿A quién afecta?

  • A los individuos residentes en España con un patrimonio mundial neto de más de 3 millones de euros. 
  • A los individuos no residentes que tengan bienes en España.

¿Cuándo se devenga el impuesto?

  • El impuesto se devenga el 31/12/2022 y el 31/12/2023.

¿Cómo se calcula la cuota?

  • Se calcula igual que en el Impuesto sobre el Patrimonio.

 

¡Atención hay exenciones! 

  • Estarán exentos (y por lo tanto no se contarán en el cálculo del patrimonio) las  participaciones en empresas familiares y la vivienda habitual (hasta 300.000 €).
  • Además, el mínimo exento es de 700.000€ de modo que en realidad afectará a los patrimonios de mínimo 3.700.000€.

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